martes, 22 de marzo de 2011

¿FRAUDE DE LEY?

Leo en la Wikipedia un artículo sobre esto según el cual la primera definición de fraude de ley fue: " Obra contra la ley el que hace lo que la ley prohíbe; y en fraude, el que salvadas las palabras de la ley elude su sentido".
Pues aquí tenéis un vídeo sobre la inauguración de un centro en el que no sé si os fijáis que faltan pacientes y trabajadores ¿cómo? porque el centro abre sus puertas al público el lunes que viene día 28 ¿ entonces? parece ser que la ley electoral prohíbe las inauguraciones en ese día por la proximidad con las elecciones ( artículo 50 Ley orgánica de régimen electoral).
Y no es la única inauguración. Se inauguran incluso proyectos como los de Lliria (ejecutado en un 99% y yo que vivo en la zona sin enterarme). Lo que sea vamos.
Como no soy abogado me mantendré en la duda sobre si es o no fraude de ley (yo diría que si) pero desde luego no me parece ni ético ni honesto.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Tu mismo lo has señalado. El art. 50 lo dice y hoy se ha firmado el decreto de disolución de la cámara o parlamento autonómico que tendrá plena efectividad el lunes al ser publicado en el DOCV. Todos los políticos de cualquier signo lo están haciendo por ganar votos. Hacen falta gestores técnicos y dentro de la función pública, los hay y muy buenos. Por lo tanto, solo queda votar para que haya un cambio, y no únicamente de siglas conocidas, sino de gran calado y el pueblo es el que tiene la voz.

Wurunkati dijo...

Totalmente. Ojalá se produjera ese gran cambio, no ya de siglas, si no de ciudadanos activos.